Los términos de Comercio Internacional (Incoterms) han sido renovados y entrarán a regir a partir del primero de enero de 2020, conforme a lo expresado en la publicación ICC nº 723 EF. La revisión de este, que se hace cada diez años, regula la compraventa internacional mediante la formulación de 11 términos que conforman las normas comerciales.

Lo que ha influido a la tarea de actualización de los Incoterms ha sido, sin duda, las importantes transformaciones en el mundo del comercio, tal como; la potencia de China, la fuerza del e-commerce, el crecimiento del transporte marítimo, etc. Estos además, establecen y marcan las obligaciones que tienen el comprador y el vendedor, la cual no reemplaza el contrato de compraventa, aunque sí es un complemento en temas logísticos y jurídicos. Además, ayuda a determinar las condiciones de entrega de las mercancías.

Los nuevos Incoterms determinan siete términos que son polivalentes; es decir, que pueden utilizarse para todo modo de transporte; y cuatro que solo pueden usar el marítimo y por vías navegables interiores. Los primeros se pueden utilizar para cualquier tipo de transporte y el multimodal: EXW, FCA, CPT, CIP, DAP, DPU y DDP. Y los exclusivos para el marítimo o por vías navegables interiores: FAS, FOB, CFR y CIF.
Una de las aplicaciones prácticas de los primeros es para las mercancías que se transportan en contenedores y que constituye uno de los importantes cambios en la versión del 2010 y que se mantiene en los Incoterms 2020, por lo que si la mercancía se transporta en contenedor no deben usarse términos marítimos, aunque la entrega se realice en puerto, esto encuentra justificación en que los contenedores se dan en las terminales de los puertos, es decir, antes de colocarse a bordo del buque; en estos casos no debe usarse FOB, CFR o CIF, sino sus equivalentes para el multimodal que son FCA, CPT y CIP. Por su parte, los Incoterms 2020 crean un nuevo Incoterm, el DPU (Entregada en Lugar Descargada) en sustitución de DAT (Entregada en Terminal).

“También, el énfasis de los nuevos Incoterms 2020 es en el reparto de los costos entre vendedor y comprador por cada una de las obligaciones que deben cumplir, lo que les permite calcular la oferta de precios (vendedor), o comparar la oferta que reciba (comprador). Los Incoterms regirán desde enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2029”, Portafolio.com.

En sus once términos los incoterms responden a cuatro preguntas: ¿Dónde se produce la entrega de la mercancía?, ¿quién asume los riesgos de la compraventa y hasta dónde?, ¿en qué modo de transporte van a viajar las mercancías? y ¿existe o no obligación de asegurar la mercancía?

Los Incoterms son creados por la Cámara de Comercio Internacional (CCI) por un grupo redactor conformado por expertos conocedores del comercio exterior y del mundo jurídico, de la logística y aduanas, procedentes de la UE, Australia, China, EE. UU. y Turquía.

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